El FA y el proyecto.

CÁMARAS ELABORAN UN DOCUMENTO A PRESENTAR AL GOBIERNO

Nueva ofensiva empresarial por proyecto penal laboral

Las principales cámaras empresariales se reunieron ayer temprano para afinar los cambios que impulsarán al proyecto de responsabilidad penal de los empleadores. Quieren que se ponga mucho más énfasis en la prevención de accidentes.

El SUNCA impulsa la ley que el Frente se comprometió a aprobar en marzo. Foto: María Inés Hiriart

JUAN PABLO CORREA11 feb 2014

Las gremiales se reunieron a partir de las 8.30 de ayer y por dos horas en la sede de la Cámara de Industrias del Uruguay y definieron que la próxima semana pondrán por escrito todos las sugerencias que quieren introducir al proyecto de ley de responsabilidad penal de los empleadores. Tal como fue aprobado por la Cámara de Representantes genera mucha preocupación en los empresarios. De la reunión participaron la Cámara de Industrias, la cámara de Comercio y Servicios , del Transporte, la Intergremial del Transporte Profesional de Cargas, la de Turismo, Andebu y la Asociación Nacional de Micro y Pequeñas empresas, entre otras.

En diciembre pasado, gestiones de última hora de las gremiales ante el vicepresidente de la República, Danilo Astori, llevaron a que la aprobación de la ley por parte de la Cámara de Senadores quedase postergada hasta marzo. Pero hay sectores frenteamplistas, en particular el Partido Comunista, que han dejado claro que quieren la aprobación rápidamente. La norma tuvo como decidido impulsor en la cámara baja al diputado suplente comunista y presidente del sindicato de la construcción (SUNCA), Óscar Andrade. El Partido Comunista no quiere introducir cambios al texto que fue aprobado en la cámara baja.

El 30 de diciembre pasado las cámaras conformaron un grupo técnico de abogados que ayer presentó sus primeras conclusiones.

Javier Carrau, presidente de la Cámara de Industrias, dijo a El País que las gremiales "quieren tener una posición de unidad porque hay mucha preocupación ya que esto es algo que le puede complicar la vida a cualquier empleador, por lo que el objetivo es que las cámaras presenten una posición de unanimidad". Las gremiales quieren enfatizar en la prevención porque a veces no se utilizan los elementos de seguridad que las empresas brindan a sus empleados. Para Carrau hay muchos elementos a definir y se preguntó, a modo de ejemplo, cómo se regulará el consumo de marihuana en la industria de la construcción. "El proyecto como está deja mucho que desear. Los accidentes pueden ocurrir por falta de cuidado del patrón o no. Lo que hay que hacer es buscar proteger la vida", dijo Carrau.

Las gremiales entregaron en diciembre pasado a la central sindical Pit-Cnt un borrador con algunos lineamientos generales que todavía no ha sido respondido.

Cristina Fernández, asesora de la Cámara del Transporte y protagonista de las gestiones contrarreloj que evitaron que el proyecto recibiera sanción parlamentaria en diciembre, explicó a El País que "la libertad del empresario, si hace las cosas bien, no debería estar en juego". "Tan importante como la prisión es tener los medios para la seguridad y la capacitación. La ley tiene que tener definiciones mucho más concretas de cómo se va a hacer la prevención en cada rama. Tiene que tener un protocolo para los hogares, la construcción, los frigoríficos. Hay un espectro muy amplio que tiene que estar contemplado en la ley", consideró. "Para los trabajadores lo peor que podría pasar es que la ley fuera algo impracticable. Los operadores jurídicos tienen que poder saber como abordar el tema porque no se puede jugar con la libertad de un individuo", señaló Fernández.

 

Los empresarios creen que la responsabilidad penal de los empleadores, que aceptan cuando se justifique, no debería aplicarse solamente en el sector privado y quieren extenderla al público.

"Esto tiene que ser algo para el bien de toda la sociedad", consideró Fernández. Las cámaras tienen claro que no tienen ya tiempo para que se apruebe un proyecto de ley sustancialmente diferente y apuntan solamente a introducir algunos cambios menores.

50 trabajadores mueren por año

El Ministerio de Trabajo calcula que cada año se producen 50 muertes por accidentes laborales en Uruguay.

Las gremiales empresariales quieren que cada rama de actividad tenga un protocolo de seguridad, cumplimiento obligatorio que deberá renovarse cada tres años. Cada trabajador debería recibir una copia de ese protocolo.

También consideran que no hay hoy en Uruguay un vacío legal y que ya existe la responsabilidad penal de los empleadores en caso de accidentes laborales.

Algunos sectores frenteamplistas también coinciden en que debería realizarse un estudio más profundo del asunto. Eduardo Brenta, hoy senador de la Vertiente Artiguista y hasta diciembre pasado ministro de Trabajo, dijo entonces que la iniciativa del proyecto no había salido de la cartera que dirigía y que consideraba que no había "premura" para la aprobación. Una de las ideas que las gremiales empresariales manejan es que, cuando se compruebe fehacientemente que el accidente laboral obedeció a la imprudencia, falta de cumplimiento de las medidas de seguridad o no uso comprobado de los elementos de protección por parte del o los trabajadores con resultado de muertes o lesiones, eso eximirá de responsabilidad penal al empleador o a sus dependientes. Creen que la ley tal como está castiga penalmente la mera posibilidad de un accidente.

ElObervador.com.uy  el Lunes, 20 de Mayo del 2013
URUGUAY : Nuevo proyecto del FA penaliza con cárcel el riesgo de accidente laboral
 
 


 

 

ENTORNOINTELIGENTE.COM / Las modificaciones realizadas por el Frente Amplio (FA) en el proyecto de ley que otorga responsabilidad penal a los empresarios en caso de accidentes laborales tienen el objetivo de hacer más severa a la normativa. Según explicaron expertos en Derecho Laboral consultados por El Observador, con la nueva redacción los patrones podrán ir presos en caso de constatarse que incumplen con las normas de seguridad previstas por el Ministerio de Trabajo, mientras el texto anterior imputaba responsabilidad penal en caso de ocurrir la muerte o la lesión grave de un trabajador, pero no por el solo hecho de que falten elementos de prevención.
Mientras el articulado anterior determinaba la responsabilidad penal al ocurrir el fallecimiento o la lesión "grave" de un empleado, el nuevo texto de artículo único –que sustituyó al anterior de cuatro artículos– se basa en los delitos de prevención y de peligro. Esto implica que el hecho de incumplir con las normas de seguridad y prevención de accidentes laborales por parte de los empresarios es pasivo de penas con cárcel.
El proyecto modificativo presentado la semana pasada a la bancada de legisladores oficialistas, al cuál accedió El Observador, establece: "El que infringiendo las normas de prevención de accidentes de trabajo y estando legalmente obligado, no adopte los medios de resguardo y seguridad necesarios, poniendo en peligro concreto la vida, salud o integridad física del trabajador/a, será castigado con seis meses de prisión a seis años de penitenciaria. La modalidad culpable será castigada con tres meses de prisión a tres años de penitenciaria. Constituye una circunstancia agravante de este delito que del hecho resulte la muerte o lesión del trabajador/a".
El texto anterior imputaba responsabilidad penal para quien "en su calidad de empleador incumpliere con las normas de seguridad y salud en el trabajo ocasionando la muerte o una lesión grave o gravísima al trabajador", según el artículo 1º del proyecto anterior.
Tras los cambios, la muerte o lesión del trabajador son consideradas agravante del delito, pero no son los únicos motivos que permiten imputar responsabilidad penal a los patrones.

Tras consultas con abogados cercanos al PIT−CNT sobre la efectividad de la normativa, las modificaciones fueron realizadas para que el texto sea "más contundente" y no deje dudas sobre las responsabilidades de los empresarios, afirmó a el diputado Luis Puig (PVP), uno de los legisladores que trabajó en el texto junto a los juristas de la central sindical.
Los expertos
El experto en Derecho Laboral y ex ministro de Trabajo, Santiago Pérez del Castillo, afirmó a El Observador que la nueva redacción "es más severa que la anterior" ya que "pone énfasis en la prevención no en el daño efectivo". "En la redacción nueva se trata de un tipo penal abierto; un delito de peligro que no exige un resultado como la redacción anterior que exigía muerte o lesión", agregó el profesor grado 5 de la Universidad de la República.
Perez del Castillo advirtió que al legislarse sobre un delito de peligro "no importa el resultado, si no el hecho", y señaló que las consideraciones fueron realizadas en conjunto con otros juristas del estudio Perez del Castillo & Asociados.
Sobre el punto, el presidente del Instituto de Derecho Laboral, Jorge Rosenbaum, explicó a El Observador que "la tipificación de este delito no es idéntica a la mayoría de las figuras que regula el Código Penal ordinario que para consumarse exigen la realización de la conducta prohibida específica". "La solución proyectada por esta norma configura lo que la doctrina califica como un "delito de peligro", es decir, la penalización de una situación tal, que probablemente produzca un resultado lesivo", agregó.
La amplitud
Uno de los puntos que también buscaba el Frente Amplio con la modificación del texto era limitar las responsabilidades, ya que el anterior había sido critcado por considerarlo amplio. El experto opinó que, pese a los cambios, eso no fue logrado. La interpretación quedará en manos del juez e incluso las responsabilidad penal podría caer en los sindicatos, advirtió Perez del Castillo.
"Parece que se buscó precisar quiénes serían los que responderían, ya que en la redacción anterior también podía entrar un Gerente por ejemplo. Esa finalidad no se logró, ya que los "legalmente" responsables pueden ser varios, ya que el concepto de fuente legal en el ámbito legislativo tiende a incluir no sólo a los obligados por ley, si no también por decretos, y porque no, en el ámbito laboral también por convenios colectivos, reglamentos de empresa, etc. El punto dependerá de la interpretación que sobre el concepto "legalmente responsable" le de un juez. Pero si se mantiene la tendencia amplia del mismo, entonces también podrían responder los sindicatos (en el marco del decreto), e incluso los trabajadores jerárquicos que asuman responsabilidades de prevención", señaló. 
Deslindan responsabilidad para subcontratantesLos cambios impulsados por el Frente Amplio al proyecto de ley que pena con cárcel a los empresarios por accidentes laborales deslindan la responsabilidad de las compañías cuando el siniestro le ocurre a empleados contratados por terceros. El punto fue otra de las modificaciones que realizaron los legisladores oficialistas para ajustar la normativa, tras las críticas recibidas al inicio del proceso de discusión parlamentaria.
La redacción anterior establecía en su segundo artículo responsabilidad penal al empleador principal cuando el trabajador fuera subcontratado. El nuevo texto elimina la "responsabilidad subjetiva del empleador en el tema de las tercerizaciones", dijo a El Observador el diputado José Bayardi.
"Si hay contratante del servicio, la responsabilidad la tendrá aquel que es responsable de la empresa contratada", afirmó.
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